El 18 de junio de 2024, la Administración Biden anunció un beneficio migratorio para los beneficiarios de DACA y otros Dreamers (inmigrantes indocumentados que llegaron a EE.UU. de niños). Esta nueva política ofrece un proceso para obtener una visa temporal más rápido y confiable para los inmigrantes, incluidos los beneficiarios de DACA, con una oferta de trabajo de una compañía estadounidense y un título de educación superior de un instituto o universidad estadounidense.
El 15 de julio de 2024, el Departamento de Estado emitió unas instrucciones actualizadas a los funcionarios consulares sobre cuándo recomendar exenciones para las personas —incluidos los beneficiarios de DACA y los Dreamers— que tienen un título universitario de EE. UU., una oferta de trabajo y están aprobados para una visa temporal. La guía apoya firmemente la aprobación de estas exenciones y también apoya el ofrecerles un procesamiento “expedito” o acelerado para que obtengan su aprobación con más rapidez.
Esto podría abrir una vía más rápida, fácil y confiable para que ciertas personas indocumentadas salgan de los Estados Unidos y vuelvan a ingresar con una visa.
*Nota: La guía actualizada sobre la exención D-3 es completamente aparte del proceso de permiso de permanencia temporal o parole-in-place anunciado al mismo tiempo.*
La exención 212(d)(3), también llamada la “exención D-3”, ayuda a los inmigrantes, incluidos los indocumentados y los beneficiarios de DACA, a reingresar al país después de solicitar una visa temporal. Específicamente, la exención D-3 permite a las personas elegibles obtener una visa y reingresar al país incluso si enfrentan alguna inadmisibilidad, como haber acumulado una “presencia ilegal” en los Estados Unidos. Discutimos este término a continuación.
No todas las personas necesitarán una exención D-3. Si la persona que solicita la visa en el extranjero no tiene ninguna inadmisibilidad, es posible que no necesite la exención. A pesar de su inadmisibilidad, la exención D-3 puede ayudar a evitar que las personas se queden varadas fuera de los EE. UU.
Una persona que es elegible para una exención D-3 debe:
Todas las visas temporales tienen sus requisitos específicos de elegibilidad. Lee las siguientes explicaciones de Boundless para entender los requisitos de elegibilidad:
La exención D-3 es solo un paso dentro de un largo proceso, que va desde ser indocumentado hasta obtener una visa de trabajo legal. Aquí te resumimos el proceso:
En primer lugar, una persona debe cumplir los requisitos y ser patrocinada para una visa temporal. Para propósitos de esta guía, nos enfocaremos en las visas de no inmigrante (temporales) basadas en el empleo. Cada visa temporal basada en el empleo tiene diferentes requisitos, pero la mayoría requiere una oferta de trabajo de un empleador estadounidense. En general, necesitas un empleador que esté dispuesto a contratarte y que presente una petición en tu nombre.
Como beneficiario de DACA o alguien sin estatus en los Estados Unidos, es más probable que se te apruebe una visa temporal que permita el “doble propósito”, lo que significa que puedes obtener la visa temporal incluso si luego planificas solicitar para quedarte permanentemente en Estados Unidos. La visa de “doble propósito” más común es la visa H-1B, que tiene requisitos bastante estrictos (por ejemplo, el trabajo es una “ocupación especializada” que por lo general requiere un bachillerato o un título más alto).
Si actualmente estás empleado o buscando trabajo, discute las opciones de patrocinio con tu empleador. Considera compartir este recurso de FWD.us con tu empleador; es una guía con información sobre cómo ellos pueden apoyar a sus empleados a través del patrocinio y otras ayudas migratorias.
Una vez que el empleador haya presentado una petición para patrocinarte y sea aprobada, harás preparativos para salir de los Estados Unidos. Deberás solicitar tu visa y pasar por un “trámite consular” en un consulado o embajada de los Estados Unidos, generalmente en tu país de origen.
También debes solicitar el permiso de viaje adelantado (advance parole) antes de salir si lo tienes disponible, en particular para los beneficiarios de DACA, los titulares de TPS y otras personas con protección temporal. Esta es una protección importante para que, en caso de que algo salga mal, por lo menos puedas regresar a tu estatus actual. En algunos casos, el advance parole puede permitirte regresar sin que necesites una exención.
Al pasar por un trámite consular, un oficial podría encontrar que eres “inadmisible”, lo que significa que hay algo en tu historial de inmigración que no te permite obtener una visa. En este momento, puedes solicitar presentar una exención D-3, que te permitiría obtener tu visa a pesar de que eres “inadmisible”. Ten en cuenta que hay ciertos motivos de inadmisibilidad que la exención D-3 no puede eximir , como motivos relacionados con la seguridad nacional y el terrorismo, y que está completamente a discreción del oficial consular si desea recomendar tu exención.
La guía nueva, que se describe a continuación, dice que los oficiales por lo general deben aprobar tu exención si tienes un título de una universidad o instituto de los Estados Unidos y vienes a trabajar en el campo de tu título.
El oficial consular, que trabaja para el Departamento de Estado (DOS, por sus siglas en inglés), solo puede recomendar que obtengas una exención, ellos no son quienes la aprueban.
La recomendación se envía a Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), que forma parte del Departamento de Seguridad Nacional (DHS). Ellos son los que finalmente aprobarían su exención. Esto puede tomar muchos meses, pero con un procesamiento expedito, se espera que ocurra en cuestión de días.
Si la exención es aprobada, tu visa puede ser aprobada y puedes viajar a los Estados Unidos, donde un oficial de CBP revisará tu visa y te permitirá volver a entrar a los Estados Unidos con un estatus legal.
*NOTA: Salir de Estados Unidos por cualquier motivo como una persona indocumentada conlleva riesgos muy serios. Es muy importante que trabajes con un abogado o experto legal de tu confianza antes de presentar cualquier solicitud o salir de los Estados Unidos.*
Una persona tiene “presencia ilegal” cuando permanece en los EE. UU. sin autorización legal. Esto puede suceder por sobrepasar el tiempo que dura una visa, entrar sin inspección o violar los términos de tu visa. También puede surgir cuando las protecciones temporales como DACA o el Estatus de Protección Temporal (TPS) expiran sin ser renovadas, o si permanecen en los Estados Unidos después de que un juez de inmigración emita una orden de deportación.
Las consecuencias de acumular presencia ilegal son significativas, que incluyen posibles prohibiciones de tres o diez años para volver a entrar a los Estados Unidos después de salir, lo que afecta las futuras oportunidades de inmigración. Las prohibiciones de tres o diez años son algunas de las “inadmisibilidades” más comunes que enfrentan los inmigrantes indocumentados que viven en los Estados Unidos cuando tratan de solicitar el estatus legal. En las prohibiciones de tres o diez años, los menores de 18 años o los que tienen solicitudes de asilo pendientes no acumulan presencia ilegal. Además, las personas con alguna protección temporal como DACA no acumulan presencia ilegal mientras su DACA siga estando vigente.
Si un beneficiario de DACA o un indocumentado tiene una oferta de trabajo y es aprobado para una visa de trabajo temporal, tendrá que salir de los Estados Unidos para obtener su visa. Si tenía una presencia ilegal antes de salir, se le podría prohibir volver a entrar y se quedará fuera de los EE. UU., sin poder obtener su visa de trabajo o regresar. A pesar de su inadmisibilidad, la exención D-3 puede ayudar a evitar que las personas se queden varadas fuera de los EE. UU.
El Departamento de Estado ha dado a sus oficiales de inmigración guías nuevas sobre cuándo deben recomendar las exenciones D-3 para ciertas personas. El proceso para solicitar una exención D-3 sigue siendo el mismo, pero la guía nueva debería ayudar a las personas a prever si pudieran recibir una exención y acelerar el proceso.
La guía actual para los oficiales dice que las exenciones D-3 deben ser recomendadas si la persona que solicita la visa es elegible para recibirla y si otorgarle una exención es del mejor interés nacional. Se supone que esta exención apoya “la libertad de viajar, el intercambio de ideas y las consideraciones humanitarias”.
La guía actualizada establece de forma clara que la aprobación de visas para las personas que tienen un título de un instituto o universidad de Estados Unidos o que tienen credenciales para trabajar en empleos especializados y van a trabajar en Estados Unidos tendría un efecto positivo para los intereses nacionales. Esto favorece en gran medida que sean recomendados para una exención.
La nueva guía también dice que hay un “interés público de EE. UU. claro y significativo” para solicitar un proceso de aprobación expedito y más rápido para sus solicitudes de exención.
Con una exención D-3, los beneficiarios de DACA, Dreamers y otros inmigrantes indocumentados pueden solicitar y obtener visas de trabajo temporales incluso si tienen inadmisibilidades que por lo general terminan en una denegación de la visa. Actualizar el proceso de la D-3 significa que las personas pueden tener la seguridad de contar con una exención aprobada si la necesitan y esto debería acelerar el proceso.
Cualquier título de un instituto o universidad de los Estados Unidos aumentaría la probabilidad de que se apruebe tu solicitud para la exención D-3.
Sin embargo, también necesitas calificar para una visa de trabajo, que podría requerir un título más alto. Por ejemplo, la visa H-1B, que es la más probable que funcione con una exención D‑3, suele requerir al menos un bachillerato o un título más alto. Es posible que un grado asociado no sea un nivel de educación lo suficientemente alto como para obtener una visa H‑1B.
Sí. Bajo la nueva guía, tu título debe estar relacionado con tu campo de trabajo para obtener tu visa y para ser recomendado para una exención D-3.
Bajo la nueva guía, puedes ser recomendado para una exención D-3 si has ganado credenciales para realizar trabajo especializado en los Estados Unidos.
Sin embargo, todavía necesitas ser aprobado para una visa, que a menudo requiere un título (por ejemplo, los trabajos H-1B suelen requerir un título de bachillerato o más). Tendrás que revisar los requisitos de visa para ver si calificas.
Depende de dónde vayas a realizar el procesamiento, el tiempo de espera de la entrevista podría ser de varios meses; la recomendación de exención D-3 también podría tomar meses para procesarse.
Sin embargo, la Administración intenta reducir el tiempo de espera para las entrevistas, y la nueva guía también debería agilizar las solicitudes de exención.
Visita esta página para que obtengas una mejor estimación de cuánto tiempo tomará conseguir una cita para una entrevista.
Las exenciones D-3 se pueden usar para cualquier visa temporal.
Las visas con “doble propósito” son las más probables para las personas que ya viven en Estados Unidos, ya que no tendrán que probar que planean irse después de que termine el período de la visa.
La ley dice claramente que las visas H-1B y L-1 son de “doble propósito”. La “habilidad extraordinaria” O-1 y las visas de trabajador religioso R-1 podrían considerarse de doble propósito, al igual que la visa TN para ciertos nacionales mexicanos y canadienses, pero la ley es menos clara en esos casos. Necesitarás hablar con un abogado o experto legal de confianza sobre el mejor tipo de visa que se ajuste a tus calificaciones, historial de inmigración y planes futuros.
Los defensores están instando al DHS a que publique pronto más información sobre esos tipos de visas.
Cada visa tiene una duración máxima de tiempo. Los oficiales que aprueban tu visa y te admiten en el país deben decirte cuánto tiempo tu visa será válida. Algunas visas pueden renovarse, algunas incluso hasta muchas veces.
Por ejemplo, las visas H-1B se emiten por un máximo de tres años a la vez y se pueden renovar una vez, para un total de seis años de duración de la estadía. Sin embargo, es posible que en algunos casos puedas permanecer más tiempo en un estatus H-1B (por ejemplo, si tu empleador presenta una solicitud PERM para patrocinarte para una tarjeta verde al menos un año antes de que terminen tus seis años, pero estás en la lista de espera para la tarjeta verde).
Debes verificar los detalles específicos para cada tipo de visa para saber cuánto tiempo podría durar tu estadía máxima.
Salir de los Estados Unidos para obtener una visa podría desencadenar las prohibiciones de “presencia ilegal” de tres y diez años para ciertas personas.
Si alguien ha acumulado más de seis meses, pero menos de un año de presencia ilegal y luego sale de los EE. UU., no se le permite reingresar al país durante tres años. Si tienen un año o más de presencia ilegal, se les prohíbe volver a entrar durante diez años. Estas prohibiciones son una “inadmisibilidad”. Las personas menores de dieciocho años no acumulan presencia ilegal a efectos de las prohibiciones de tres o diez años, y las personas con DACA no acumulan presencia ilegal mientras su DACA siga vigente. Esto significa que algunas personas podrían no necesitar una exención D-3 a efectos de las prohibiciones de tres o diez años.
Si tienes razones para preocuparte por las prohibiciones de tres o diez años, la exención D-3 te permite poder reingresar en los Estados Unidos. Pero no elimina la prohibición para los fines de una tarjeta verde. El tiempo de la prohibición comienza a contar tan pronto como sales de Estados Unidos y continuará contando, incluso si vuelves a entrar a Estados Unidos con una exención D-3.
Las prohibiciones por presencia ilegal podrían impedir que puedas ajustar tu estatus a verde o cambiar a otro estatus en el futuro hasta que se cumpla el tiempo hasta el final. Eso significa que tendrás que esperar los tres o diez años completos antes de que esa inadmisibilidad desaparezca.
Las personas que salen de EE. UU. con el permiso de viaje adelantado (advance parole), en muchos casos pueden no activar estas prohibiciones; sin embargo, al momento no hay una guía clara al respecto por parte del gobierno y depende principalmente de los oficiales que revisarán tu solicitud de visa y te admitirán de nuevo en Estados Unidos. Aunque esto es una posibilidad, debes estar preparado para que las prohibiciones se activen cuando salgas.
*Salir de EE. UU. por cualquier razón como una persona indocumentada conlleva riesgos muy serios y significativos. Es muy importante que trabajes con un abogado o experto legal para estudiar los detalles específicos de tu caso.
Si tu DACA expira después de cumplir 18 años y no lo renuevas a tiempo, puedes comenzar a acumular presencia ilegal al día siguiente de que expire tu DACA. Es importante tener en cuenta que, si acumulas más de 180 días de presencia ilegal, esto podría activar una prohibición de reingreso a Estados Unidos si sales del país en el futuro.
Para evitar esto, asegúrate de renovar tu DACA entre 120 a 150 días antes de su fecha de vencimiento. Si dejas que tu DACA expire por más de un año, debes solicitarlo como si fuera la primera vez, proceso que actualmente no se está llevando a cabo.
Cualquier persona elegible para advance parole debe solicitarlo antes de salir de los Estados Unidos para usar este proceso. El advance parole actúa como una protección, lo que te permite regresar a Estados Unidos en tu estatus actual si es necesario. En algunos casos, el advance parole puede hacer que ni siquiera necesites la exención D-3 para regresar.
Sin embargo, no necesitas el advance parole para este proceso, y aún puedes usar este proceso si no eres elegible para el advance parole.
*Salir de EE. UU. por cualquier razón como una persona indocumentada conlleva riesgos muy serios y significativos. Es muy importante que trabajes con un abogado o experto legal para estudiar los detalles específicos de tu caso.
Sí. Las personas que están indocumentadas en los Estados Unidos, incluso si tienen una protección temporal como DACA o TPS, generalmente necesitan salir de los Estados Unidos y del “trámite consular” para recibir una visa y poder reingresar al país con una visa legal. La exención D-3 se solicita en un consulado o embajada de los Estados Unidos en otro país.
*Salir de EE. UU. por cualquier razón como una persona indocumentada conlleva riesgos muy serios y significativos.
No hay garantía antes de salir de que serás aprobado para una exención D-3 o para tu visa. Incluso la visa y la exención no garantizan que se te permitirá la entrada a Estados Unidos en una frontera o en un aeropuerto. Si estás sujeto a los vetos migratorios, se te podría impedir volver a entrar a EE. UU. por muchos años.
Trabajar con un abogado o experto legal de confianza antes de presentar cualquier cosa o de salir de los Estados Unidos es muy importante.
La exención D-3 puede ayudarte en tu camino hacia la ciudadanía.
Con una exención D-3, puedes salir de Estados Unidos y volver a entrar con un estatus legal y temporal. A partir de ahí, puedes ajustar tu estatus a uno permanente y obtener una tarjeta verde si tienes un empleador o un familiar inmediato que te patrocine. Después de obtener tu tarjeta verde, puedes ser elegible para solicitar la ciudadanía.
Sin embargo, es posible que la exención D-3 no solucione todos los problemas con tu historial migratorio, como lo son los vetos migratorios. Debes hablar con un abogado o experto legal de confianza para estudiar los detalles específicos de tu caso y determinar si tienes disponible una vía hacia la ciudadanía.
La exención D-3 no es solo para los beneficiarios de DACA y los Dreamers; cualquier persona que sea aprobada para una visa temporal puede solicitar una exención D-3.
Los beneficiarios de DACA suelen ser buenos candidatos para las exenciones D-3 porque la mayoría han crecido en los Estados Unidos, han obtenido títulos universitarios y actualmente están trabajando. Pero otros indocumentados, incluso si no tienen DACA, pueden ser patrocinados para una visa de trabajo y pueden obtener una exención D-3.
Incluso si no tienes un título universitario o credenciales de trabajo, también podrías ser elegible para una exención. Debes orientarte con un abogado o experto legal de confianza sobre los detalles particulares de tu caso.
Tu empleador puede optar por patrocinarte para una visa.
Si aún no te han dicho si patrocinarán empleados para visas y cuál es el proceso, debes preguntarle a un líder de confianza de la empresa sobre sus políticas. Puede ser de una persona en un departamento como Recursos Humanos o Movilidad Global, el jefe de tu equipo o división o la persona que dirige el negocio o la empresa.
Recuerda que un empleador no puede discriminar en tu contra debido a tu estatus migratorio. Sin embargo, un empleador puede negarse a contratarte si necesitas patrocinio para trabajar legalmente en el país.
Considera compartir este recurso de FWD.us con tu empleador; es una guía con información sobre cómo ellos pueden apoyar a sus empleados a través del patrocinio y otras ayudas migratorias.
Tu empleador es responsable de presentar la petición para patrocinarte para una visa temporal basada en el empleo. Presentarán la documentación y pagarán los cargos requeridos al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos, demostrando que tú y el trabajo que ejerces o ejercerás son elegibles para la visa. También es posible que necesiten presentar una Solicitud de Certificación Laboral del Departamento de Trabajo.
La responsabilidad de realizar todos los pasos relacionados con recibir tu visa recae en ti, incluida la presentación de tu solicitud de visa, presentarte en un consulado o embajada en el extranjero y solicitar el reingreso a los Estados Unidos con tu visa.
Si tu empleador más adelante decide patrocinarte para una tarjeta verde, tendrá que presentar de nuevo más documentos para demostrar que tú y el trabajo son elegibles para esa categoría de inmigración.
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