22 diciembre 2020
¿Está en efecto la nueva regla de carga pública?
Si, pero continué leyendo las preguntas frecuentes porque puede que esto no le aplique a usted.
¿Pensé que el Presidente Biden terminó con la nueva regla de carga pública?
El 2 de febrero de 2021 el Presidente Biden emitió una orden ejecutiva que forzó un repaso inmediato de la carga pública de 2019 entre 60 días. Esta orden es el primer paso y no significa que la nueva regla ha terminado. La nueva Carga Pública será repasada por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), el Departamento de Justicia, y la regla será repasada por la Corte Suprema individualmente.
¿Puede la vacuna contra el COVID o tratamiento por COVID afectar mi aplicación de inmigración?
USCIS anunció que las pruebas, prevenciones, o tratamiento por COVID-19 NO serán usadas contra los inmigrantes en un examen de carga pública. Las familias inmigrantes deben buscar la ayuda que necesitan durante este tiempo.
Para mantenerse informado, por favor visite Tus Beneficios Públicos.
El 10 de octubre de 2018, la administración de Trump propuso un cambio al reglamento de “carga pública” — un cambio que ampliará considerablemente la evaluación de “carga pública” que ha formado parte de la ley federal de inmigración durante décadas. Después de recibir miles de comentarios y hacer algunas modificaciones, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) publicó el reglamento final el 14 de agosto de 2019, sin embargo varios tribunales detuvieron la entrada en vigor del reglamento. Sin embargo, aunque la Corte Suprema de los Estados Unidos (SCOTUS, por sus siglas en inglés) no se ha pronunciado sobre el tema, en cuanto a la legalidad del reglamento, el 27 de enero de 2020 ordenó que el reglamento se implemente en todo el país mientras el litigio pendiente pase por los tribunales inferiores. Los casos pendientes se encuentran en una vía rápida, y podrían resolverse dentro de unos meses, posiblemente dando lugar a nuevas órdenes judiciales, lo que nuevamente impediría que el DHS implemente el reglamento. Hasta que no llegue ese momento, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU (USCIS) del DHS, quien administra los beneficios de inmigración, como la emisión de tarjetas de residencia y autorización de trabajo, ha anunciado que el reglamento entrará en vigor el 24 de febrero de 2020.
Si bien sabemos que este reglamento puede ser confuso. Antes de decidir si debe dejar de utilizar los beneficios públicos, por favor continúe leyendo y vea si los servicios que recibe están sujetos al reglamento de carga pública. La información a continuación es para fines educativos y no pretende ser una asesoría legal.
Durante muchos años, la evaluación de “carga pública” se ha utilizado para identificar a las personas que pueden depender de los beneficios del gobierno como su fuente principal de apoyo financiero con el fin de determinar su elegibilidad para obtener una tarjeta de residencia permanente. El nuevo reglamento es un cambio para determinar si alguien ha dependido principalmente del gobierno (generalmente en forma de apoyo en efectivo), para determinar si ha utilizado algún beneficio público. Si el gobierno determina que es probable que alguien se convierta en una “carga pública”, incluso si no ha utilizado beneficios públicos en el pasado, a esa persona aún se le podrá negar el permiso para cambiar su estado, por ejemplo, de estudiante a trabajador, extender su estatus, y se le negará una tarjeta de residencia permanente. El departamento de estado también ha realizado cambios en la política de carga pública que impactan a aquellos que buscan ingresar a los EE. UU. de manera temporal y a largo plazo. Este documento le brinda una descripción general de los cambios realizados por el reglamento DHS / USCIS.
Antes de los cambios realizados por el reglamento de “carga pública” de la Administración Trump, los únicos beneficios gubernamentales tomados en cuenta al hacer una determinación de “carga pública” eran los programas de asistencia en efectivo (incluidos los Ingresos de Seguridad Suplementarios y la Asistencia Temporal para Familias Necesitadas) y cuidado institucional financiado por el gobierno a largo plazo. La nueva regla amplía significativamente los tipos de beneficios públicos que podrían considerarse al hacer una determinación de carga pública.
El nuevo reglamento también extiende los nuevos criterios a los que tengan estatus no inmigrantes que actualmente se encuentran en los EE. UU. y que buscan extender o cambiar su estatus temporal, quienes han utilizado ciertos beneficios públicos por un total de 12 meses dentro de un período de 36 meses.
Por favor tenga en cuenta que el nuevo reglamento requiere que el DHS revise la “totalidad de las circunstancias” para determinar si alguien es una posible carga pública; eso significa evaluar y sopesar una sinnúmero de factores positivos y negativos para llegar a una conclusión.
Como lo resume el Centro Nacional de Leyes Migratorias (NILC): “Los funcionarios de inmigración deben analizar todas sus circunstancias para determinar si es probable que se convierta en una carga pública en el futuro. Esto incluye su edad, salud, ingresos, activos, recursos, educación / habilidades, la familia que debe mantener y la familia que lo apoyará. También pueden llegar a considerar si un patrocinador ha firmado una Declaración Jurada de Patrocinio Económico (o contrato) prometiendo apoyarlo. Los factores positivos pueden compararse con cualquier factor negativo”.
Las secciones ampliadas bajo el nuevo reglamento incluyen, tal como lo resume el DHS el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS):
Existen excepciones limitadas para aquellos que no están sujetos a los motivos mencionados anteriormente, tal como lo resume USCIS, que incluye:
Si se llegara a determinar que usted es una carga pública, podrá solicitar el pago de un bono público. para resolver el problema de la carga pública (debido a ingresos, una condición de salud grave, etc.), pero solo en el contexto de las solicitudes de residencia permanente (solicitud de una green card). La nueva regla establece el mínimo de bonos públicos en $8.100. Sin embargo, si la persona utiliza algún beneficio público incluido en las determinaciones de carga pública en el nuevo reglamento, “por más de 12 meses en total dentro de cualquier período de 36 meses (por ejemplo, recibir dos beneficios en un mes contaría como dos meses),” se arriesga de perder este bono.
Por lo general, sólo se considerarán los beneficios recibidos por usted como solicitante o beneficiario de beneficios de inmigración, y no los miembros de su familia. El uso de los beneficios por parte de niños o miembros de la familia o la inscripción al programa no se toman en cuenta para determinar si usted representa una carga pública individual.
El gobierno no debe considerar el uso de los beneficios no monetarios de sus hijos (por ejemplo, seguro médico o cupones de alimentos) en su propia solicitud, aún si firmó dichos beneficios en nombre de su hijo. (Sin embargo, por favor tenga en cuenta que los beneficios como vivienda o SNAP recibidos por niños inmigrantes se tomarán en cuenta para el niño si el niño solicita la admisión o el estatus de su tarjeta de residencia permanente.
Le recomendamos que, sean cuales sean sus circunstancias, hable con un abogado de inmigración o un representante acreditado por el Departamento de Justicia sobre su caso.
Si usted o su familia reciben asistencia para atención médica o para pagar la comida o el alquiler, considere consultar con un proveedor de servicios legales antes de retirarme de los programas de beneficios. El reglamento final no entrará en vigor hasta el 24 de febrero de 2020 (y, por lo tanto, cualquier beneficio recibido antes del 24 de febrero no se van a incluir en el nuevo reglamento, cualquier otra cosa que no sea efectivo o cuidado institucional financiado por el gobierno a largo plazo, no se considerará en la determinación de carga pública del USCIS).
USCIS explica que una determinación de carga pública es más probable si un inmigrante “ha recibido, o ha sido certificado o aprobado para recibir, uno o más beneficios públicos por más de 12 meses en conjunto dentro de cualquier período de 36 meses, comenzando no antes de 36 meses antes de que la persona solicite la admisión o ajuste de estatus en o después del 24 de febrero 2020 (énfasis agregado)”. En otras palabras, ciertos beneficios pueden considerarse incluso si se reciben o simplemente se aprueban antes del 24 de febrero.
No necesariamente. El reglamento final indica que la evaluación de carga pública no se aplica en los procedimientos de naturalización.
Sin embargo, USCIS aún podrá analizar cómo alguien consiguió su residencia permanente durante la revisión de su solicitud de naturalización y, posiblemente, hacer una determinación retroactiva de la carga pública.
Cada caso es diferente, por lo que le recomendamos que se comunique con un abogado o una organización que pueda responder sus preguntas directamente.
Esta propuesta no cambiaría los requisitos de elegibilidad actuales para los programas de beneficios públicos. Sin embargo, cambia cuáles de esos programas se consideran en las determinaciones de carga pública para propósitos de inmigración, y algunos beneficios para los cuales los inmigrantes son legalmente elegibles podrían tener un impacto negativo en una evaluación de carga pública.
La expansión de la prueba de carga pública entrará en vigor el 24 de febrero de 2020. USCIS indica que “sólo tendrá en cuenta los beneficios públicos recibidos a partir del 24 de febrero de 2020,” y que la regla final sólo se aplicará a las solicitudes presentadas a partir del 24 de febrero del 2020. Sin embargo, el uso de los programas de asistencia en efectivo o atención institucional a largo plazo antes del 24 de febrero de 2020, aún se considerará en las determinaciones de carga pública.
Se aconseja que las personas que solicitan un ajuste de estatus, cambiar o extender su estatus, o quienes apliquen desde el extranjero que han utilizado los beneficios públicos después de que la nueva norma entra en vigor que consulten con un abogado de inmigración antes de continuar.
Es importante leer las noticias y mantenerse actualizado sobre los últimos desarrollos para que pueda tomar decisiones informadas en su nombre y sus seres queridos. Le recomendamos registrarse para “Protecting Immigrant Families” (PIF), una campaña de organizaciones comprometidas para abogar por familias inmigrantes, para recibir actualizaciones por correo electrónico.
La política del gobierno de los EE. UU. sobre la carga pública ya ha cambiado para las personas que buscan una visa o una tarjeta de residencia permanente en las oficinas consulares fuera de los EE. UU. En enero de 2018, el Departamento de Estado de EE. UU. revisó su Manual de Asuntos Exteriores (FAM) para establecer nuevas políticas en cuanto a carga pública. El FAM proporciona orientación a los funcionarios del gobierno en las embajadas y consulados de los Estados Unidos quienes deciden si otorgar permiso a una persona para ingresar a los Estados Unidos.
Según datos recientes del Departamento de Estado obtenido por Politico, la política de “carga pública” recientemente modificada que está implementando el Estado muestra un aumento drástico en el número de visas denegadas por motivos de carga pública; comenzando en el año fiscal 2019 hasta el 29 de julio, ya se denegaron 12,179 visas por cargos públicos, en comparación con 1.033 personas que fueron denegadas por motivos de carga pública en todo el año fiscal 2016, un aumento superior al 1.000%.
Si pretende solicitar para una visa para ingresar a los EE. UU. antes del 24 de febrero de 2020, estará sujeto a las políticas de carga pública actualizadas en el FAM, y tendrá que mostrar por qué no se le debe considerar como una posible carga pública bajo estos requisitos.
La prueba de carga pública se aplica generalmente a todos excepto a los siguiente:
Si usted se encuentra en alguna de estas categorías, usted puede utilizar cualquier programa de gobierno para la cual es elegible- incluyendo asistencia monetaria, atención médica, programas de alimentos y otros programas no monetarios sin preocuparse de que hacerlo dañará sus posibilidades de solicitar su residencia permanente o mejorar su estado migratorio.
** Si bien la carga pública no se aplica a los beneficiarios de DACA o TPS con el fin de renovar o asegurar dicho estatus, si los titulares de DACA o TPS tienen una vía independiente para obtener el estado de tarjeta de residencia permanente (como casarse con un ciudadano de los EE. UU. o ser patrocinado por un empleador), debido a que no están expresamente exentos bajo la regla, no están exentos de la evaluación de la carga pública en la búsqueda de su tarjeta de residencia, por lo que se recomienda buscar representación legal.**
Los titulares de residencia permanente que intenten renovar su estatus no se verán afectados por la carga pública porque la prueba solo se aplica a los nuevos solicitantes. Sin embargo, si tiene una tarjeta de residencia permanente y deja el país por más de seis meses, o en otras circunstancias limitadas, puede estar sujeto a una prueba de carga pública cuando intente ingresar al país nuevamente.
Le sugerimos que, antes de salir de los EE. UU., hable sobre sus planes de viaje con un abogado de inmigración o un representante acreditado por el DOJ.
Ciudadanos de los EE. UU., refugiados, asilados, víctimas de trata (visa T), víctimas de delitos (visa U), sobrevivientes de violencia doméstica (VAWA), ciertos amerasiáticos, titulares de visas de menores inmigrantes especiales (SIJ), personas en libertad condicional de Lautenberg y aquellos elegibles para alivio de inmigración bajo el La Ley de Ajuste Cubano (CAA), la Ley de Ayuda de Nicaragua y Centroamérica (NACARA), o la Ley de Equidad de Inmigración de Refugiados de Haití (HRIFA), aquellos que solicitan o vuelven a registrarse para el Estatus de Protección Temporal (TPS) y la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia ( DACA), no están sujetos a carga pública. Tampoco están sujetos a cargos públicos los afganos e iraquíes con visas especiales de inmigrantes, ciertos funcionarios gubernamentales no inmigrantes y otras categorías limitadas. Los solicitantes y aquellos que ya tengan una visa S podrán solicitar una exención (por favor consulte las páginas 820-825 para obtener una lista completa de las categorías exentas y elegibles para la exención).
El reglamento no interpreta ni amplía el motivo de carga pública para la deportación. Sin embargo, la USCIS aún puede ver cómo alguien aseguró su residencia permanente durante la revisión de su solicitud de naturalización y posiblemente hacer una determinación retroactiva de la carga pública. Según la ley vigente, una persona que se ha convertido en una carga pública sólo podrá ser deportada en circunstancias extremadamente raras. El Departamento de Justicia se encuentra actualmente en el proceso de proponer un reglamento separado que aborde este motivo para ser más coherente con el de USCIS y los cambios de política del Estado.
Si está solicitando para la residencia permanente, o para extender o cambiar su estado temporal de no inmigrante dentro de los EE. UU., un oficial de adjudicación del USCIS llevará a cabo la evaluación mientras procesa su solicitud para ajustar, extender o cambiar el estado.
Si solicita una visa desde el extranjero (incluido el regreso a los EE. UU. después de salir para completar el proceso de solicitud de una tarjeta de residencia permanente), la oficina consular (bajo la administración del Departamento de Estado de los EE.UU evaluará si usted es una carga pública como parte del proceso de solicitud de visa.
Para encontrar una organización cerca de usted, por favor visite nuestra base de datos en Inmigrante informado (Informed Immigrant), donde podrá realizar una búsqueda según su código postal.
Gracias por su respuesta. Tomamos en cuenta sus opiniones para mejorar su experiencia con nuestro sitio web.